Calefacción central

Real Decreto para la transposición del articulo 9

El Ministerio de Energía pone en marcha una propuesta de Real Decreto por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios (Directiva 2012/27/UE). 

Ya sabemos más avances en relación a la transposición de los artículos referentes a la contabilización individual que cometamos después que Bruselas advirtiera a España de su obligación.

Como ya habíamos explicado, la Directiva 2012/27/UE  ha sido transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico parcialmente a la espera de completarla realizando la transposición del artículo 9 de la citada Directiva referida a los contadores. En concreto, y por lo que se refiere a las obligaciones derivadas del artículo 9.3 en relación con la contabilización individualizada de los costes de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, debe señalarse que parte de las mismas ya estaban previstas en nuestro ordenamiento jurídico. (Fuente IDAE)

Así, la obligación de instalar contadores de agua caliente sanitaria (ACS) en todos los edificios se incluyó en la IT.IC.26 del año 1980 aprobada por Real Decreto 1618/1980, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria, con el fin de racionalizar su consumo energético.

Por otra parte, la Orden de Presidencia del Gobierno, de 28 de junio de 1984, por la que se modifican determinadas Instrucciones Técnicas e Instrucciones Complementarias, recomendaba para edificios nuevos la instalación en cada vivienda de un contador de calorías en instalaciones de calefacción y climatización requiriendo, en todo caso, que se dejara prevista su posible colocación.

Posteriormente, el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios (BOE núm. 186 de 5 de agosto), obliga a los nuevos edificios a disponer de un sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) entre los diferentes consumidores, tal y como establece su Instrucción Técnica 1.2.4.4.

Mediante el presente Real Decreto se pretende completar la transposición de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, estableciendo la obligación de los clientes finales de calefacción y refrigeración de instalar contadores individuales, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable, de manera que se permita a dicho cliente final conocer y optimizar su consumo real de energía.

Mapa de zonas climáticas

En España, la variedad de temperatura dependiendo del lugar de residencia hace que debamos basar la implantación de ésta medida en las zonas climáticas en las que nos situamos para valorar la rentabilidad económica que se cita en este propuesta.

Por este motivo se puntualizan en el real decreto las excepciones, ya que existen zonas donde directamente no se cumple el criterio de rentabilidad económica para su implantación, in indicadas en el mapa como zonas A y B. La clasificación de las zonas climáticas se indica, valorando de las más calientes (A) a las más fría (E).

Se fija para los titulares de instalaciones térmicas centralizadas existentes en los edificios, la obligación de instalar contadores individuales que midan el consumo de calor y frío de cada consumidor, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable.

2 COMMENTS
  • Consecuencias derivadas de la publicación de la Propuesta de Real Decreto – Gestión Energética Galicia
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    […] de consumos individuales de calefacción del que ya hablamos recientemente en el blog: “Real Decreto para la transposición del articulo 9“Como instaladores homologados de ista, compañía especializada en servicios de medición y […]

  • Edificios: clave de la Eficiencia Energética – Gestión Energética Galicia
    Responder

    […] poder adaptarnos a las normativas europeas en Eficiencia Energética que hemos ido comentando en nuestro blog. Como ejemplo los […]

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